Cómo se hace este repertorio

Metodología

Un repertorio de jurisprudencia solo sirve si se puede comprobar. Esta página dice de dónde sale cada cosa, qué es elaboración nuestra y qué no, y qué parte del trabajo está sin terminar.

Qué hay hoy en el repertorio

1000sentencias de la Suprema Corte
78 de 1000con la sentencia íntegra
354tópicos con los que se busca
89 de 1000fichas revisadas por una persona

Cubre de 21 de febrero de 2020 a 29 de agosto de 2025, repartidas así: Pleno (911), Primera Sala (78), Salas Reunidas (11). Las cifras de esta página se leen de la base de datos cada vez que se carga, así que no se quedan desfasadas.

De dónde salen las sentencias

Todo lo que se publica aquí viene de fuentes oficiales y públicas del Poder Judicial de la República Dominicana. Ninguna es completa por sí sola, y cada una da una cosa distinta:

FuenteQué daQué no da
JuristecaMetadatos: órgano, fecha, tipo de decisión, ponente, departamento judicial.Ni el texto ni el PDF.
Boletín JudicialEl texto íntegro de una selección mensual, desde septiembre de 2024.Nada anterior a esa fecha.
Principales DecisionesEl texto íntegro de una selección por cuatrimestre, desde 2022.De Salas Reunidas publica el resumen, no el texto.
API de DecisionesPDF firmado de decisiones de otras jurisdicciones.No contiene las sentencias de casación de la Suprema Corte.

De las 78 sentencias con texto íntegro, 69 salieron del Principales Decisiones y 9 salieron del Boletín Judicial.

Qué es una ficha y qué es el texto oficial

De cada sentencia hay dos cosas distintas, y conviene no confundirlas:

  • El precedente es texto de la Corte, copiado tal cual del documento oficial. No se parafrasea, no se recorta la frase y no se corrige. Es lo que se cita en un escrito.
  • La ficha —el tópico, el título, la síntesis del caso y la aplicación práctica— es elaboración de este portal. Sirve para encontrar la sentencia y entender de qué va, pero no tiene valor oficial y puede contener errores nuestros.

El texto vinculante es siempre el documento oficial del Poder Judicial. Si la ficha y el documento no coinciden, manda el documento.

Qué PDF servimos, exactamente

Cuando una sentencia tiene PDF en el portal, son las páginas de esa sentencia recortadas de la publicación oficial en la que apareció —el Boletín Judicial o el cuatrimestre correspondiente de Principales Decisiones— con el enlace a la publicación completa al lado.

No es el PDF firmado digitalmente de la decisión. Para las sentencias de casación de la Suprema Corte, ese documento no se publica en las fuentes abiertas. Guardamos una copia del recorte en el portal para que siga estando disponible aunque la fuente cambie de dirección, y de cada recorte se conserva su huella sha-256.

Qué falta y por qué

922 sentencias del repertorio no tienen texto íntegro. No es un descuido: son decisiones cuyo texto no está publicado en ninguna de las fuentes abiertas. La mayoría son de Salas Reunidas, de las que la colección oficial publica el resumen pero no el texto. En esos casos la ficha trae el precedente citado con su cita de origen, y la pestaña de la sentencia íntegra lo dice con esas palabras en lugar de aparecer vacía.

Cuando un tramo de una publicación no se puede delimitar con seguridad —porque la maquetación no deja ver dónde acaba una decisión y empieza la siguiente— preferimos no guardar nada. Atribuir a una sentencia el texto de otra sería peor que no tener texto.

Hay además partes de la ficha que están por hacer: el criterio en dos líneas, el extracto y los considerandos troceados para citarlos uno a uno. Mientras no existan, la ficha no los inventa: enseña el precedente literal y la síntesis.

Cómo citar

Cada ficha trae su cita formada en la barra lateral, con esta forma: órgano, número de sentencia y fecha. Por ejemplo:

SCJ, Primera Sala, sentencia núm. SCJ-PS-22-2217, 29 de julio de 2022.

Cada sentencia tiene una URL estable y propia, y las fichas indican de qué volumen de la colección oficial se tomaron.

Si encuentras un error

Este repertorio lo organiza una persona y contiene juicios editoriales discutibles: el tópico elegido para encabezar una ficha, el título, qué parte del fallo es el precedente. Si algo está mal —un texto que no corresponde a su sentencia, un tópico desencaminado, una norma mal citada— avisar es útil y se corrige.

Para eso, y para cualquier consulta o sugerencia sobre el repertorio, escribe a loraolivares@jlcabogados.com. Si el aviso es sobre una sentencia concreta, incluye su número —por ejemplo SCJ-PS-22-2217— que es lo que permite encontrarla sin ambigüedad.

Colección organizada por Jorge G. Lora Olivares. Las sentencias son del Poder Judicial de la República Dominicana.