Decreto núm. 321-26

QUE DESIGNA COMO ORGANIZACIÓN TERRORISTA AL CUERPO DE LA GUARDIA REVOLUCIONARIA ISLÁMICA (CGRI), INCLUYENDO TODOS SUS CUERPOS, RAMAS, DIVISIONES Y UNIDADES – EN PARTICULAR LA FUERZA QUDS-, ASÍ COMO SUS FILIALES, SUCESORAS, ALIAS, FACHADAS COMERCIALES Y ENTIDADES CONTROLADAS DIRECTA O INDIRECTAMENTE. DESIGNA COMO ORGANIZACIÓN TERRORISTA A HEZBOLÁ, SIN DISTINCIÓN ENTRE SUS ALAS POLÍTICA, MILITAR, FINANCIERA, SOCIAL Y DE RELACIONES EXTERNAS, ASÍ COMO SUS FILIALES, SUCESORAS, ALIAS, FACHADAS COMERCIALES Y ENTIDADES CONTROLADAS DIRECTA O INDIRECTAMENTE. INSTRUYE A LA DIRECCIÓN NACIONAL DE INTELIGENCIA (DNI) Y A LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN (DGM), ASÍ COMO A LOS DEMÁS ÓRGANOS COMPETENTES, A ADOPTAR LAS MEDIDAS QUE CORRESPONDAN PARA PREVENIR Y FRENAR LAS ACTIVIDADES DE DICHAS ORGANIZACIONES.

Tipo:
Decreto
Número:
321-26
Promulgación:
12 de mayo de 2026
Publicación:
20 de mayo de 2026
Gaceta Oficial:
11242
Institución:
DIRECCION GENERAL DE MIGRACION (DGM).
Presidente:
LUIS ABINADER

Recorrido de la norma

Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completo
Sin derogación ni modificación conocidasNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.

El epígrafe de esta norma no declara que derogue ni modifique a ninguna otra, y ninguna de las normas del portal declara afectarla a ella.

DOCUMENTO OFICIAL

El texto completo lo publica la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y es el texto vinculante. Todavía no se puede leer dentro de Criterio: su servidor no permite incrustar el documento en otra web ni que lo sirvamos nosotros. Se abre en su sitio.

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