Decreto núm. 344-26

DISPONE QUE LAS INSTITUCIONES SUJETAS AL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY NÚM. 47-25, DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, PODRÁN OTORGAR, DE MANERA FACULTATIVA, HASTA UN MÁXIMO DE UN 20% DEL VALOR DEL CONTRATO U ORDEN DE COMPRA O DE SERVICIO CORRESPONDIENTE, POR CONCEPTO DE ANTICIPO, Y EN EL CASO DE LAS MIPYMES EL ANTICIPO SERÁ DE UN 30%.

Tipo:
Decreto
Número:
344-26
Promulgación:
25 de mayo de 2026
Publicación:
30 de mayo de 2026
Gaceta Oficial:
11243
Institución:
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA (CGR).
Presidente:
LUIS ABINADER

Recorrido de la norma

Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completo
Sin derogación ni modificación conocidasNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.

El epígrafe de esta norma no declara que derogue ni modifique a ninguna otra, y ninguna de las normas del portal declara afectarla a ella.

DOCUMENTO OFICIAL

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