Decreto núm. 396-21

QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA REGULAR EL GASTO PÚBLICO DURANTE EL RESTO DEL AÑO 2021 HASTA EL 1ERO. DE ENERO DE 2022. PROHÍBE FIESTAS, AGASAJOS, CELEBRACIONES Y ACTIVIDADES SIMILARES, ASÍ COMO DONACIONES, OBSEQUIOS, EL USO DE VEHÍCULOS OFICIALES LOS FINES DE SEMANA Y DÍAS FERIADOS Y LAS COMPRAS DE BOLETOS AÉREOS PARA VIAJES OFICIALES. ORDENA A LOS MINISTROS DE DEFENSA Y DE INTERIOR Y POLICÍA REVISAR EL PERSONAL MILITAR Y POLICIAL A DISPOSICIÓN DE INSTITUCIONES Y SERVIDORES PÚBLICOS. EL MINISTERIO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA ARTICULARÁ CON LAS DEPENDENCIAS GUBERNAMENTALES LA APLICACIÓN DEL PRESENTE DECRETO. ESTABLECE CUÁLES INSTITUCIONES Y FUNCIONARIOS PODRÁN DISPONER DE FLANQUEADORES MOTORIZADOS PARA SU SEGURIDAD.

Tipo:
Decreto
Número:
396-21
Promulgación:
19 de junio de 2021
Publicación:
2 de julio de 2021
Gaceta Oficial:
11024
Institución:
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA (CGR).
Presidente:
LUIS ABINADER

Recorrido de la norma

Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completo
Sin derogación ni modificación conocidasNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.

El epígrafe de esta norma no declara que derogue ni modifique a ninguna otra, y ninguna de las normas del portal declara afectarla a ella.

DOCUMENTO OFICIAL

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