Decreto núm. 6-23

EL CUAL TIENE POR OBJETO PROCURAR LA RACIONALIZACIÓN DE COMPONENTES IMPORTANTES DEL GASTO PÚBLICO POR MEDIO DE LA APLICACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE UN CONJUNTO DE MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. ESTAS DISPOSICIONES APLICAN A LOS ENTES Y ÓRGANOS QUE CONFORMAN EL PODER EJECUTIVO Y A LOS ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y DESCENTRALIZADOS DEL GOBIERNO CREADOS POR LEY. PROHÍBE LAS COMPRAS DE VEHÍCULOS DE MOTOR DURANTE EL PRESENTE AÑO, ASÍ COMO TAMBIÉN REGULA LAS EXONERACIONES Y EXENCIONES DE DICHOS VEHÍCULOS, Y PROHÍBE EL USO DE LOS MISMOS LOS SÁBADOS, DOMINGOS Y DÍAS FERIADOS, ASÍ COMO LAS COMPRAS DE BOLETOS DE VIAJES OFICIALES AL EXTERIOR, Y REGULA DISPONER DE FLANQUEADORES MOTORIZADOS A SERVIDORES DEL ESTADO.

Tipo:
Decreto
Número:
6-23
Promulgación:
16 de enero de 2023
Publicación:
1 de febrero de 2023
Gaceta Oficial:
11097
Institución:
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA (CGR).
Presidente:
LUIS ABINADER

Recorrido de la norma

Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completo
Sin derogación ni modificación conocidasNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.

El epígrafe de esta norma no declara que derogue ni modifique a ninguna otra, y ninguna de las normas del portal declara afectarla a ella.

DOCUMENTO OFICIAL

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