Decreto núm. 666-23

QUE ESTABLECE COMO FECHA LÍMITE LAS 11: 59 P. M, DEL 31 DE JULIO DE 2024 PARA QUE LAS CONCESIONARIAS DEL SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA PROCEDAN AL APAGÓN ANALÓGICO; Y A LAS 11: 59 P. M, DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2024 COMO FECHA LÍMITE PARA REALIZAR EL ENCENDIDO DIGITAL. DEROGA EL DEC. NÚM. 437-22.

Tipo:
Decreto
Número:
666-23
Promulgación:
29 de diciembre de 2023
Publicación:
29 de diciembre de 2023
Gaceta Oficial:
11138
Institución:
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL).
Presidente:
LUIS ABINADER

Recorrido de la norma

Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completo
Sin derogación ni modificación conocidasNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.

El epígrafe de esta norma no declara que derogue ni modifique a ninguna otra, y ninguna de las normas del portal declara afectarla a ella.

DOCUMENTO OFICIAL

El texto completo lo publica la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y es el texto vinculante. Todavía no se puede leer dentro de Criterio: su servidor no permite incrustar el documento en otra web ni que lo sirvamos nosotros. Se abre en su sitio.

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