Ley núm. 1227

QUE CONCEDE REBAJA A LOS DEUDORES DEL ESTADO POR CONCEPTO DE MENSURAS CATASTRALES.

Tipo:
Ley
Número:
1227
Promulgación:
26 de julio de 1946
Publicación:
1 de enero de 1946
Gaceta Oficial:
6481
Presidente:
RAFAEL L. TRUJILLO

Recorrido de la norma

Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completo
Sin derogación conocida · 1 cambioNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.
Qué le ha pasado a esta norma
  1. Texto original · 1946Ley núm. 1227
  2. Sustituida en los artículos 2, 5 · 1944Ley núm. 484LEY QUE SUSTITUYE LOS PARRAFOS TERCEROS DE LOS ARTÍCULOS 2 Y 5 DE LA LEY NO. 1227, SOBRE NATURALIZACION.«SUSTITUYE LOS PARRAFOS TERCEROS DE LOS ARTÍCULOS 2 Y 5 DE LA LEY NO. 1227, SOBRE NATURALIZACION.»
Hay 4 documentos con el número 1227

La fuente repite números entre años, y algunas leyes antiguas se publicaron en español y en inglés. Son documentos distintos, no copias.

DOCUMENTO OFICIAL

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