Ley núm. 137-01

QUE DISPONE PENSIONAR, CONFORME A LA LEY VIGENTE, A TODOS LOS MILITARES Y POLICIAS QUE SE ENCUENTRAN FUERAS DE LAS FILAS DE CUALQUIER RAMA CASTRENSE O POLICIAL, QUE PARTICIPARON EN LA GLORIOSA GUERRA DEL 24 DE ABRIL DE 1965.

Tipo:
Ley
Número:
137-01
Promulgación:
9 de agosto de 2001
Publicación:
1 de enero de 2001
Gaceta Oficial:
10099
Institución:
POLICIA NACIONAL (PN).
Presidente:
HIPÓLITO MEJIA

Recorrido de la norma

Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completo
Sin derogación ni modificación conocidasNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.

El epígrafe de esta norma no declara que derogue ni modifique a ninguna otra, y ninguna de las normas del portal declara afectarla a ella.

DOCUMENTO OFICIAL

El texto completo lo publica la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y es el texto vinculante. Todavía no se puede leer dentro de Criterio: su servidor no permite incrustar el documento en otra web ni que lo sirvamos nosotros. Se abre en su sitio.

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