Ley núm. 1440

QUE DECLARA FESTIVO EL DIA 15 DE AGOSTO DE 1947, ANIVERSARIO DE LA CORONACION DE LA VIRGEN DE LA ALTAGRACIA.

Tipo:
Ley
Número:
1440
Promulgación:
7 de junio de 1947
Publicación:
1 de enero de 1947
Gaceta Oficial:
6639
Presidente:
HÉCTOR BIENVENIDO TRUJILLO Y MOLINA

Recorrido de la norma

Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completo
Sin derogación conocida · 1 cambioNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.
Qué le ha pasado a esta norma
  1. Texto original · 1947Ley núm. 1440
  2. Derogada en parte · 1937Ley núm. 1449DEROGACION DEL ARTÍCULO DOS DE LA LEY NO.1440 Y ATRIBUCION A LAS ADUANAS DE RECAUDAR NUEVAMENTE EL IMPUESTO…«DEROGACION DEL ARTÍCULO DOS DE LA LEY NO.1440 Y ATRIBUCION A LAS ADUANAS D»
Hay 2 documentos con el número 1440

La fuente repite números entre años, y algunas leyes antiguas se publicaron en español y en inglés. Son documentos distintos, no copias.

DOCUMENTO OFICIAL

El texto completo lo publica la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y es el texto vinculante. Todavía no se puede leer dentro de Criterio: su servidor no permite incrustar el documento en otra web ni que lo sirvamos nosotros. Se abre en su sitio.

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