Ley núm. 1608
- Tipo:
- Ley
- Número:
- 1608
- Promulgación:
- 29 de diciembre de 1947
- Publicación:
- 1 de enero de 1947
- Gaceta Oficial:
- 6727
- Presidente:
- HÉCTOR BIENVENIDO TRUJILLO Y MOLINA
Recorrido de la norma
Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completoSin derogación conocida · 1 cambioNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.
Qué le ha pasado a esta norma
- Texto original · 1947Ley núm. 1608
- Modificada · 1961Ley núm. 5512QUE MODIFICA LOS ART. 2,3 Y 4 DE LA LEY N° 1608 SOBRE VENTAS CONDICIONALES DE MUEBLES.«MODIFICA LOS ART. 2,3 Y 4 DE LA LEY N° 1608 SOBRE VENTAS CONDICIONALES D»
El texto completo lo publica la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y es el texto vinculante. Todavía no se puede leer dentro de Criterio: su servidor no permite incrustar el documento en otra web ni que lo sirvamos nosotros. Se abre en su sitio.
Abrir el PDF en la Consultoría Jurídica ↗