Ley núm. 289-05

QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 50, 51 Y 54 DE LA LEY ELECTORAL NO. 275-97, Y DEROGA LA LEY NO. 78-05.

Tipo:
Ley
Número:
289-05
Promulgación:
18 de agosto de 2005
Publicación:
1 de enero de 2005
Gaceta Oficial:
10332
Institución:
JUNTA CENTRAL ELECTORAL (JCE).
Presidente:
LEONEL FERNANDEZ

Recorrido de la norma

Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completo
Sin derogación ni modificación conocidasNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.
Qué hace esta norma a otras
  1. Modifica los artículos 50, 51, 54 · 1997Ley núm. 275-97LEY ELECTORAL, NO. 275-97«MODIFICA LOS ARTÍCULOS 50, 51 Y 54 DE LA LEY ELECTORAL NO. 275-97, Y DEROGA LA LE»
  2. Deroga por completo · 2005Ley núm. 78-05QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 50, PARRAFO II DE LA LEY ELECTORAL NO. 275-97.«DEROGA LA LEY NO. 78-05.»
DOCUMENTO OFICIAL

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