Ley núm. 300

QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 1RO DE LA LEY NO. 5185 SOBRE PENISIONES CIVILES DEL ESTADO DE FECHA 31 DE JULIO DE 1959 REFORMADO POR LA LEY NO.45 DEL 30 DE OCTUBRE DE 1970

Tipo:
Ley
Número:
300
Promulgación:
13 de abril de 1972
Publicación:
1 de enero de 1972
Gaceta Oficial:
9260
Presidente:
JOAQUÍN BALAGUER

Recorrido de la norma

Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completo
Sin derogación ni modificación conocidasNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.
Qué hace esta norma a otras
  1. Modifica el artículo 1Ley núm. 45 (no está en el portal)«MODIFICA EL ARTÍCULO 1RO DE LA LEY NO. 5185 SOBRE PENISIONES CIVILES DEL ESTADO DE FECHA 31 DE JULIO DE 1959 REFORMADO POR LA LEY…»
  2. Modifica el artículo 1 · 1959Ley núm. 5185SOBRE PENSIONES CIVILES DEL ESTADO.«MODIFICA EL ARTÍCULO 1RO DE LA LEY NO. 5185 SOBRE PENISIONES CIVILES DE»
Hay 6 documentos con el número 300

La fuente repite números entre años, y algunas leyes antiguas se publicaron en español y en inglés. Son documentos distintos, no copias.

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