Ley núm. 3998
- Tipo:
- Ley
- Número:
- 3998
- Promulgación:
- 4 de diciembre de 1954
- Publicación:
- 1 de enero de 1954
- Gaceta Oficial:
- 7776
- Presidente:
- HÉCTOR BIENVENIDO TRUJILLO Y MOLINA
Recorrido de la norma
Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completoSin derogación conocida · 1 cambioNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.
Qué le ha pasado a esta norma
- Texto original · 1954Ley núm. 3998
- Modificada en el artículo 1 · 1955Ley núm. 4250QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY NO. 3998, QUE SANCIONA LAS OPERACIONES COMERCIALES FRAUDULENTAS…«MODIFICA EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY NO. 3998, QUE SANCIONA LAS OPERACION»
El texto completo lo publica la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y es el texto vinculante. Todavía no se puede leer dentro de Criterio: su servidor no permite incrustar el documento en otra web ni que lo sirvamos nosotros. Se abre en su sitio.
Abrir el PDF en la Consultoría Jurídica ↗