Ley núm. 4214

QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 2 DE LA LEY NO. 4021 QUE EXONERA DE IMPUESTOS LA IMPORTACION DE ABONO NATURALES Y ARTIFICIALES,INSECTICIDAS, YERBICIDAS Y OTRAS MATERIALES ANALOGAS.

Tipo:
Ley
Número:
4214
Promulgación:
22 de junio de 1955
Publicación:
1 de enero de 1955
Gaceta Oficial:
7865
Institución:
DIRECCION GENERAL DE EXONERACIONES
Presidente:
HÉCTOR BIENVENIDO TRUJILLO Y MOLINA

Recorrido de la norma

Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completo
Sin derogación ni modificación conocidasNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.
Qué hace esta norma a otras
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