Ley núm. 4314

QUE REGULA LA PRESTACION , AMPLIACION Y DEVALUACION DE LOS VALORES EXIGIDOS EN LOS DEPOSITOS POR LOS DUEÑOS DE CASAS A SUS INQUILINOS.

Tipo:
Ley
Número:
4314
Promulgación:
22 de octubre de 1955
Publicación:
1 de enero de 1955
Gaceta Oficial:
7904
Institución:
BANCO AGRICOLA DE LA REPUBLICA DOMINICANA (BAGRICOLA).
Presidente:
HÉCTOR BIENVENIDO TRUJILLO Y MOLINA

Recorrido de la norma

Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completo
Sin derogación conocida · 2 cambiosNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.
Qué le ha pasado a esta norma
  1. Texto original · 1955Ley núm. 4314
  2. Modificada en parte · 1988Ley núm. 17-88QUE MODIFICA VARIOS ARTÍCULOS DE LA LEY NO. 4314 DEL 22 DE OCTUBRE DE 1955«MODIFICA VARIOS ARTÍCULOS DE LA LEY NO. 4314 DEL 22 DE OCTUBRE DE 1955»
  3. Modificada · 2025Ley núm. 85-25SOBRE ALQUILERES DE BIENES INMUEBLES Y DESAHUCIOS. DEROGA LAS LEYES 4314 DEL AÑO 1955 Y 17-88, QUE MODIFICA LA…«MODIFICA LA CITADA LEY NÚM. 4314. DEROGA ADEMÁS EL DECRETO»
DOCUMENTO OFICIAL

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