Ley núm. 4890

QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 1, 4, 5 Y 10 DE LA LEY N. 4371 QUE DECLARA DE INTERES NACIONAL LA REPOBLACION FORESTAL EN LA REPUBLICA.

Tipo:
Ley
Número:
4890
Promulgación:
24 de abril de 1958
Publicación:
1 de enero de 1958
Gaceta Oficial:
8241
Presidente:
HÉCTOR BIENVENIDO TRUJILLO Y MOLINA

Recorrido de la norma

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Qué hace esta norma a otras
  1. Modifica los artículos 1, 4, 5, 10 · 1956Ley núm. 4371QUE DECLARA DE INTERES NACIONAL LA REPOBLACION FORESTAL EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA .«MODIFICA LOS ARTÍCULOS 1, 4, 5 Y 10 DE LA LEY N. 4371 QUE DECLARA DE INTERES NACIO»
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