Ley núm. 5018

QUE DEROGA EL ARTÍCULO 32 DE LA LEY ORGANICA DEL BANCO CENTRAL, MODIFICA LOS ARTÍCULOS 24 Y 32, DE LA MISMA LEY, MODIFICA EL ARTÍCULO 13 DE LA LEY ORGANICA DEL BANCO DE CREDITO AGRICOLA E INDUSTRIAL Y

Tipo:
Ley
Número:
5018
Promulgación:
27 de octubre de 1958
Publicación:
1 de enero de 1958
Gaceta Oficial:
8300
Institución:
BANCO AGRICOLA DE LA REPUBLICA DOMINICANA (BAGRICOLA).
Presidente:
HÉCTOR BIENVENIDO TRUJILLO Y MOLINA

Recorrido de la norma

Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completo
Sin derogación ni modificación conocidasNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.
Qué hace esta norma a otras
  1. Modifica los artículos 24, 32Ley núm. 13 (no está en el portal)«MODIFICA LOS ARTÍCULOS 24 Y 32, DE LA MISMA LEY, MODIFICA EL ARTÍCULO 13 DE LA LEY O»
DOCUMENTO OFICIAL

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