Ley núm. 5464

QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 1° DE LA LEY N° 5388, DEL 11 DE AGOSTO DE 1960, SOBRE CONVERSACIONES TELEFONICAS A LARGA DISTANCIA, ETC.

Tipo:
Ley
Número:
5464
Promulgación:
30 de diciembre de 1960
Publicación:
1 de enero de 1960
Gaceta Oficial:
8536
Presidente:
JOAQUÍN BALAGUER

Recorrido de la norma

Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completo
Sin derogación ni modificación conocidasNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.
Qué hace esta norma a otras
  1. Modifica el artículo 1 · 1960Ley núm. 5388QUE ESTABLECE, A CARGO DEL USUARIO, UN IMPUESTO INTERNO DE UN 10% SOBRE EL PRECIO QUE SE COBRE POR…«MODIFICA EL ARTÍCULO 1° DE LA LEY N° 5388, DEL 11 DE AGOSTO DE 1960, S»
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