Ley núm. 5575

QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 1° DE LA LEY N° 3478 DE ENERO DE 1953

Tipo:
Ley
Número:
5575
Promulgación:
13 de julio de 1961
Publicación:
1 de enero de 1961
Gaceta Oficial:
8587
Presidente:
JOAQUÍN BALAGUER

Recorrido de la norma

Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completo
Sin derogación ni modificación conocidasNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.
Qué hace esta norma a otras
  1. Modifica el artículo 1 · 1953Ley núm. 3478QUE PRESCRIBE UN DEPOSITO DE RD$200.00 A CARGO DE LOS DOMINICANOS QUE VAYAN A RESIDIR AL EXTRANJERO.«MODIFICA EL ARTÍCULO 1° DE LA LEY N° 3478 DE ENERO DE 1953»
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