Ley núm. 5822

QUE ESTABLECE LAS FACULTADES DEL SECRETARIO DE ESTADO DE RECUPERACION DE BIENES, EN CASO DE QUE EL ESTADO LLEGUE A SER PROPIETARIO DE CIERTAS ACCIONES A CAUSA DE CONFISCACIONES

Tipo:
Ley
Número:
5822
Promulgación:
21 de febrero de 1962
Publicación:
1 de enero de 1962
Gaceta Oficial:
8640
Presidente:
RAFAEL F.BONELLY

Recorrido de la norma

Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completo
DerogadaLa ley núm. 6210, de 1963, la deroga por completo según su propio epígrafe oficial.
Qué le ha pasado a esta norma
  1. Texto original · 1962Ley núm. 5822
  2. Derogada por completo · 1963Ley núm. 6210DEROGA LA LEY NO. 5822 DEL 21 DE FEBRERO DE 1962 QUE DETERMINA LAS FACULTADES DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE…«DEROGA LA LEY NO. 5822 DEL 21 DE FEBRERO DE 1962 Q»
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