Ley núm. 5851

QUE DEROGA LA LEY NO. 5779, DEL 31 DE DICIEMBRE DE 1961, QUE REBAJA A UN 4 POR CIENTO EL INTERES DE TODO PRESTAMO OTORGADO POR EL BANCO AGRICOLA DE A LA REPUBLICA DOMINICANA Y DICTA OTRAS DISPOSICIONE

Tipo:
Ley
Número:
5851
Promulgación:
29 de marzo de 1962
Publicación:
1 de enero de 1962
Gaceta Oficial:
8645
Institución:
BANCO AGRICOLA DE LA REPUBLICA DOMINICANA (BAGRICOLA).
Presidente:
RAFAEL F.BONELLY

Recorrido de la norma

Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completo
Sin derogación ni modificación conocidasNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.
Qué hace esta norma a otras
  1. Deroga por completoLey núm. 5779 (no está en el portal)«DEROGA LA LEY NO. 5779, DEL 31 DE DICIEMBRE DE 196»
DOCUMENTO OFICIAL

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