Ley núm. 629

QUE AUTORIZA AL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA DOMINICANA A REALIZAR, POR CUENTA DEL ESTADO, LA ACUÑACION Y EMISION DE MONEDAS DE PLATA PARA CONMEMORAR EL XXX ANIVERSARIO DE LA FUNDACION DEL BANCO CENTTRAL DE LA REPUBLICA DOMINICANA

Tipo:
Ley
Número:
629
Promulgación:
28 de mayo de 1977
Publicación:
1 de enero de 1977
Gaceta Oficial:
9439
Institución:
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA DOMINICANA (BC-RD).
Presidente:
JOAQUÍN BALAGUER

Recorrido de la norma

Leído de los epígrafes oficiales de la Gaceta, no del texto completo
Sin derogación ni modificación conocidasNo consta que ninguna norma del portal la derogue. Eso no es lo mismo que decir que esté vigente: puede haberla derogado algo que no está aquí. Hay que comprobarlo en el texto y en sus modificaciones posteriores.

El epígrafe de esta norma no declara que derogue ni modifique a ninguna otra, y ninguna de las normas del portal declara afectarla a ella.

Hay 4 documentos con el número 629

La fuente repite números entre años, y algunas leyes antiguas se publicaron en español y en inglés. Son documentos distintos, no copias.

DOCUMENTO OFICIAL

El texto completo lo publica la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y es el texto vinculante. Todavía no se puede leer dentro de Criterio: su servidor no permite incrustar el documento en otra web ni que lo sirvamos nosotros. Se abre en su sitio.

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