OBJETO DE LA DECISIÓN, SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por el Licdo. Jorge Taveras contra el artículo 45 de la Ley núm. 80-24, del nueve (9) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024), que aprueba el Presupuesto General del Estado para el Ejercicio Presupuestario del año dos mil veinticinco (2025).
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