PRECEDENTE, EN PALABRAS DE LA CORTE
Los bienes del deudor constituyen la prenda común de sus acreedores y el hecho de tener una garantía, no coloca al acreedor provisto de ella en una condición de inferioridad respecto de los demás acreedores quirografarios, por lo que el acreedor garantizado puede embargar retentivamente los bienes de su deudor, sin tener que ejecutar primero la garantía.
¿Sigue en pie?
Qué ha pasado, después de esta sentencia, con las normas en que se apoya y con la jurisprudencia sobre lo mismo.
Lo que esta sentencia dice de su criterioLeído de su propio texto y citado literalmente. El portal no concluye que el criterio cambie: eso lo decide quien lee la sentencia entera.