JURISPRUDENCIA|PD-2020-p2595|⤓ Descargar PDF oficial‹ Volver a resultados

Jurisprudencia

Título: Sentencia | PD-2020-p2595 | Laboral

5.2.2 · Régimen probatorio.Asistencia económica por muerte de trabajador, Pruebas

Tópico5.2.2
ÓrganoTercera Sala
MateriaLaboral
Fecha28/02/2020
NúmeroPD-2020-p2595
ProcedenciaSegunda Sala de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional, del 31 de agosto de 2017

Ficha pendiente de revisión humana. El texto vinculante es el PDF oficial.

PRECEDENTE, EN PALABRAS DE LA CORTE

El régimen de prueba laboral contenido en la legislación está basado en la libertad de pruebas, ausencia de un orden jerárquico en el suministro de la misma, con predominio del soberano poder de apreciación de los hechos de parte de los jueces. Cuando se presentan varias personas en calidad de continuadores jurídicos, si uno de ellos no ha depositado la prueba de su calidad, la que está siendo discutida por la otra parte, nada se opone a que el tribunal, en virtud de su papel activo, indague y compruebe frente a esta contestación determinar cuál de las partes demuestra su parentesco y consecuentemente su vocación frente al fallecido.

¿Sigue en pie?

Qué ha pasado, después de esta sentencia, con las normas en que se apoya y con la jurisprudencia sobre lo mismo.

Lo que esta sentencia dice de su criterioLeído de su propio texto y citado literalmente. El portal no concluye que el criterio cambie: eso lo decide quien lee la sentencia entera.
  • Se apoya en un criterio que llama constanteEsta Tercera Sala ha mantenido como criterio constante y pacífico: “Que de acuerdo con el artículo 212 del Código de Trabajo, en caso de fallecimiento del trabajador, las personas que