PRECEDENTE, EN PALABRAS DE LA CORTE
La primera concierne a que el fiador puede oponer al acreedor los beneficios de excusión o de división, mientras que en la segunda variante el fiador renuncia a tales prerrogativas.
La primera concierne a que el fiador puede oponer al acreedor los beneficios de excusión o de división, mientras que en la segunda variante el fiador renuncia a tales prerrogativas.