JURISPRUDENCIA|SCJ-PS-22-2066|⤓ Descargar PDF oficial☰ Sentencia íntegra‹ Volver a resultados

Jurisprudencia

Título: Sentencia | SCJ-PS-22-2066 | Civil y Comercial | Recurso de casación | Casa con envío

Prueba técnica · Calidad para demandar, Cosa inanimada

TópicoPrueba técnica
ÓrganoPrimera Sala
MateriaCivil y Comercial
Fecha29/06/2022
NúmeroSCJ-PS-22-2066
Acción o recursoRecurso de casación
DecisiónCasa con envío
ProcedenciaCámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación de La Vega, sentencia núm. 204-2018-SSEN-00117 del 16 de abril de 2018
PartesEdenorte Dominicana, S.A. vs. Johan Manuel Peniche
Boletín JudicialPrincipales Decisiones SCJ 2022, mayo-agosto

Ficha revisada por una persona. El texto vinculante es el PDF oficial del Poder Judicial; el tópico, el título y la síntesis son elaboración de este portal.

PRECEDENTE, EN PALABRAS DE LA CORTE

20. [...] esta jurisdicción también ha sostenido el criterio de que los testigos comunes no tienen calificación técnica necesaria para establecer las causas de un siniestro atribuido a irregularidades en el suministro de electricidad. En efecto, los testigos comunes no tienen la calificación necesaria para dar fe sobre aspectos técnicos del comportamiento del fluido eléctrico, como lo es el voltaje, que debe ser medido con el uso de procedimientos y equipos especializados por un experto en la materia [...] 21. En esa virtud esta Sala considera que, en principio, para establecer la existencia de un voltaje irregular o distinto al contratado, las declaraciones de testigos comunes deben ser complementadas con informes, declaraciones y otros medios de prueba emitidos por terceros especializados e imparciales, como por ejemplo, el Inacif, la Superintendencia de Electricidad, el Dicrim, el Cuerpo de Bomberos, un perito electricista, entre otros, salvo el caso de que se trate de declaraciones relativas a manifestaciones observables por una persona común que indudablemente denotan la existencia de un comportamiento anormal de la electricidad que trasciende a las instalaciones internas del demandante.

Síntesis del caso

Un inquilino obtuvo condena de RD$200,000 contra Edenorte por daños a sus electrodomésticos tras una reconexión supuestamente hecha a 220 voltios en lugar de 110, probada solo con el testimonio de un vecino, fotografías y su propia comparecencia. La Primera Sala admitió el recurso pese al monto (el literal c del art. 5 Ley 3726-53 ya no aplicaba al recurso de 2018), reconoció la calidad del inquilino no titular del contrato por ser quien sufrió el daño, pero casó el fallo porque un testigo común no puede dar fe de la potencia del voltaje; esa prueba debe complementarse con informes de terceros especializados e imparciales, salvo manifestaciones observables por cualquier persona.

Aplicación práctica

En demandas contra distribuidoras por alto voltaje, el demandante debe armar la prueba técnica desde el inicio (informe de la Superintendencia de Electricidad, Inacif, bomberos o perito electricista); la defensa de la distribuidora puede atacar como insuficiente una condena fundada solo en testigos vecinos y fotografías.