JURISPRUDENCIA|SCJ-PS-23-0007|⤓ Descargar PDF oficial☰ Sentencia íntegra‹ Volver a resultados

Jurisprudencia

Título: Sentencia | SCJ-PS-23-0007 | Civil y Comercial | Recurso de casación | Rechaza

Peritaje unilateral · Interés judicial, Fotocopia

TópicoPeritaje unilateral
ÓrganoPrimera Sala
MateriaCivil y Comercial
Fecha31/01/2023
NúmeroSCJ-PS-23-0007
Acción o recursoRecurso de casación
DecisiónRechaza
ProcedenciaSegunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, sentencia núm. 026-03-2021-SSEN-00713 del 29 de diciembre de 2021
PartesChapei, S.R.L. vs. Joseph Thevenin y Marie Altagracia Martine Thevenin Bouchereau
Boletín JudicialPrincipales Decisiones SCJ 2023, enero-abril

Ficha revisada por una persona. El texto vinculante es el PDF oficial del Poder Judicial; el tópico, el título y la síntesis son elaboración de este portal.

PRECEDENTE, EN PALABRAS DE LA CORTE

8. [...] si bien las fotocopias no constituyen en principio una prueba idónea por sí solas, los jueces de fondo pueden apreciar y valorar su contenido, siempre y cuando no se haya cuestionado mediante argumentos serios y meritorios que pongan en juego su veracidad y sobre todo si complementariamente han tomado en cuenta en el caso sometido a su escrutinio otros elementos de pruebas a fin de formular el juicio conclusivo de derecho que corresponda. [...] 33. [...] no existe prohibición legal alguna que impida a las partes litigantes sustentar sus pretensiones en pruebas producidas por terceros, aun sea a su requerimiento. 34. En consonancia con lo esbozado la jurisprudencia francesa y la dominicana, sustentada por esta Sala han juzgado que los jueces no pueden rehusar examinar un informe realizado unilateralmente a solicitud de una parte cuando este ha sido regularmente llevado a los debates, sometido a la discusión contradictoria y corroborado por otros elementos de prueba

Síntesis del caso

En una demanda en resolución de contrato de construcción de vivienda y daños por vicios estructurales, la constructora cuestionó en casación que la corte valorara un contrato en fotocopia, un informe de ingeniero contratado por los demandantes y fijara un interés judicial del 1% mensual. La Primera Sala rechazó el recurso: la fotocopia no atacada seriamente puede valorarse junto con otras pruebas; el informe pericial unilateral es admisible si fue debatido contradictoriamente y corroborado; y los jueces de fondo pueden fijar intereses judiciales a título de indemnización complementaria desde la sentencia que retiene la responsabilidad, sin superar las tasas activas publicadas por el Banco Central.

Aplicación práctica

Útil para sostener la admisibilidad de contratos en fotocopia e informes técnicos encargados por la parte cuando la contraparte no los ataca por las vías legales ni aporta el original, y para defender la fijación de intereses judiciales dentro de las tasas activas del mercado.