JURISPRUDENCIA|SCJ-PS-23-1546|⤓ Descargar PDF oficial☰ Sentencia íntegra‹ Volver a resultados

Jurisprudencia

Título: Sentencia | SCJ-PS-23-1546 | Civil y Comercial | Recurso de casación | Casa con envío

Simulación relativa · Simulación, ContraescritoFija criterio

TópicoSimulación relativa
ÓrganoPrimera Sala
MateriaCivil y Comercial
Fecha28/07/2023
NúmeroSCJ-PS-23-1546
Acción o recursoRecurso de casación
DecisiónCasa con envío
ProcedenciaCorte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata, sentencia civil núm. 627-2022- SSEN-0061 del 6 de mayo de 2022
PartesThelmo Benjamín Herrera vs. Samuel Raposo Ferreira y Yanet Altagracia Cabrera Cabrera
Boletín JudicialPrincipales Decisiones SCJ 2023, mayo-agosto

Ficha revisada por una persona. El texto vinculante es el PDF oficial del Poder Judicial; el tópico, el título y la síntesis son elaboración de este portal.

PRECEDENTE, EN PALABRAS DE LA CORTE

9. [...] en la actualidad esta jurisdicción considera que esa postura no es la más adecuada para la correcta aplicación del derecho, ya que de la combinación del mencionado artículo 1341 y del 1321 del Código Civil que dispone que “Los contraescritos no pueden surtir su efecto sino entre las partes contratantes; no tienen validez contra los terceros”, se desprende que la evidencia por excelencia de la simulación es el contraescrito cuando es una de las partes del contrato quien invoca que se trata de una convención simulada y que, como regla general, se trata de una prueba que debe ser suministrada por escrito. [...] 26. Por lo tanto, a partir de esta decisión y por los motivos expuestos con anterioridad, esta Corte de Casación asume la postura de que, en casos como el de la especie, la sola pretensión de declaratoria de simulación de un contrato, conlleva el propósito de que el tribunal apoderado a su vez declare y reconozca expresamente la eficacia jurídica del contrato disimulado, aun cuando no haya un pedimento explícito al respecto.

Síntesis del caso

Los vendedores demandaron la nulidad por simulación de una venta inmobiliaria alegando que el negocio real era un préstamo; la corte acogió la demanda con base en testigos y declaró nula la venta sin pronunciarse sobre el préstamo. La Primera Sala varió su criterio en dos puntos: entre las partes la simulación debe probarse por escrito (contraescrito o principio de prueba por escrito), salvo fraude, dolo, vicio del consentimiento o que la invoque un tercero; y la simulación relativa no anula el acto aparente sino que obliga al juez a reconocer de oficio la eficacia del acto disimulado, sin violar el principio dispositivo.

Aplicación práctica

Quien defienda la validez de una venta atacada por simulación por la contraparte contratante puede exigir prueba escrita del acto secreto y oponerse a la prueba testimonial; quien demande la simulación debe aportar contraescrito o principio de prueba por escrito y pedir expresamente el reconocimiento del acto disimulado (p. ej. préstamo con garantía).