JURISPRUDENCIA|SCJ-PS-24-0706|⤓ Descargar PDF oficial☰ Sentencia íntegra‹ Volver a resultados

Jurisprudencia

Título: Sentencia | SCJ-PS-24-0706 | Civil y Comercial | Segundo recurso de casación (punto de derecho distinto, art. 75 párrafo II Ley 2-23) | Casa parcialmente

Matrimonio putativo · Buena fe, Error de derecho

TópicoMatrimonio putativo
ÓrganoPrimera Sala
MateriaCivil y Comercial
Fecha27/03/2024
NúmeroSCJ-PS-24-0706
Acción o recursoSegundo recurso de casación (punto de derecho distinto, art. 75 párrafo II Ley 2-23)
DecisiónCasa parcialmente con envío
Expediente0464-2017-ECIV-00133
ProcedenciaCámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Francisco de Macorís (corte de envío), sentencia núm. 449-2022-SSEN-00202 del 29 de noviembre de 2022
PartesMenor de edad A.Y.V.M., representada por Ángela Grismilda Martínez vs. María del Pilar Sangiovanni Reyes
Boletín JudicialPrincipales Decisiones SCJ 2024, enero-abril

Ficha revisada por una persona. El texto vinculante es el PDF oficial del Poder Judicial; el tópico, el título y la síntesis son elaboración de este portal.

PRECEDENTE, EN PALABRAS DE LA CORTE

20. Que si bien la señora María Del Pilar Sangiovanni Reyes invocó ante la corte que entendía que la sola firma del acto auténtico de estipulaciones y convenciones la facultaba para contraer segundas nupcias, esto no implica de pleno derecho que actuara de buena fe al contraer el segundo matrimonio, por cuanto en estos casos la buena fe se deriva la certeza que tengan los cónyuges de que el matrimonio es válido, es decir, que tengan desconocimiento de la causa de nulidad, lo que no puede alegar la ahora recurrida, pues la ley se reputa conocida por todos, sin que los particulares puedan alegar su ignorancia para eludir su aplicación o justificar la violación de los procedimientos en ella establecidos [...] no pudiendo el desconocimiento de la ley dar lugar a retener buena fe por parte del cónyuge que contrae un segundo matrimonio a sabiendas de que continúa casado y llevarlo a beneficiarse de los efectos de un matrimonio putativo [...]. 21. [...] Al prohibir invocar el error de derecho, es decir, la ignorancia de la ley, como elemento de la buena fe, se afirma uno de los supuestos del orden jurídico: que la ley es conocida por todos y rige para todos.

Síntesis del caso

Declarada la nulidad absoluta de un segundo matrimonio por bigamia, la corte de envío lo declaró putativo respecto de ambos cónyuges porque la esposa alegó creer que la firma del acto de estipulaciones del divorcio por mutuo consentimiento la habilitaba para casarse de nuevo. La Primera Sala casó parcialmente: la buena fe que exige el matrimonio putativo (arts. 201 y 202 CC; art. 61.20 Ley 659) es la ignorancia de la causa de nulidad, y el error de derecho no puede fundarla porque la ley se reputa conocida por todos y la Ley 1306-bis es clara en que los cónyuges siguen casados hasta el pronunciamiento del divorcio; además, la putatividad debe evaluarse individualmente respecto de cada contrayente. El magistrado Arias Arzeno disintió, sosteniendo que la buena fe se presume (art. 2268 CC) y que el error de derecho puede sustentarla.

Aplicación práctica

Para oponerse a la declaratoria de matrimonio putativo del cónyuge bígamo, basta acreditar que la causa de nulidad era el matrimonio anterior no disuelto, pues la alegada ignorancia del procedimiento de divorcio (error de derecho) no constituye buena fe; y debe exigirse que el tribunal analice la buena fe de cada contrayente por separado.