Ese resumen lo redacta Suprema Corte de Justicia, no este portal. Criterio todavía no ha elaborado la ficha de esta decisión —el tópico, el criterio citable y la síntesis—, así que lo que hay es el documento oficial y el resumen de su fuente. El texto vinculante es el PDF.
¿Sigue en pie?
Qué ha pasado, después de esta sentencia, con las normas en que se apoya y con la jurisprudencia sobre lo mismo.
Lo que esta sentencia dice de su criterioLeído de su propio texto y citado literalmente. El portal no concluye que el criterio cambie: eso lo decide quien lee la sentencia entera.
- Dice que reitera un criterio
Resulta pertinente reiterar el criterio jurisprudencial sostenido por 2 esta Sala , que precisa que la valoración de los elementos probatorios no es una arbitraria o cap
- Se apoya en un criterio que llama constante
lógica, los conocimientos científicos y la máxima de experiencia, como lo dispone el artículo 172 del Código Procesal Penal y el criterio jurisprudencial constante de nuestra Suprema Corte de Justicia, el cual dispone: “Que en la actividad probatoria los jueces del fondo tienen la plena liber