Ese resumen lo redacta Suprema Corte de Justicia, no este portal. Criterio todavía no ha elaborado la ficha de esta decisión —el tópico, el criterio citable y la síntesis—, así que lo que hay es el documento oficial y el resumen de su fuente. El texto vinculante es el PDF.
¿Sigue en pie?
Qué ha pasado, después de esta sentencia, con las normas en que se apoya y con la jurisprudencia sobre lo mismo.
Lo que esta sentencia dice de su criterioLeído de su propio texto y citado literalmente. El portal no concluye que el criterio cambie: eso lo decide quien lee la sentencia entera.
- Dice que reitera un criterio
Sobre el particular, esta alzada reitera el criterio de que ha sido juzgado que, en principio, para acordar la suspensión de la pena deben concurrir los elementos que están reglados
- Se apoya en un criterio que llama constante
SCJ-SS-25-0542, dictada en fecha 30 de mayo de 2025, por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, criterio reiterado por esta Sede Casacional sobre la base de lo estipulado en el artículo 347 del Código Procesal Penal, instituido por la Ley núm