JURISPRUDENCIA|SCJ-SS-26-1310|⤓ Descargar PDF oficial‹ Volver a resultados

Jurisprudencia

Título: Sentencia | SCJ-SS-26-1310

Valoración de prueba indiciaria y testimonio infantil en abuso sexual · Certificado médico legal, Cámara Gesell, Testimonio referencial, Presunción de inocencia

TópicoValoración prueba en abuso sexual infantil
ÓrganoSegunda Sala
Fecha15/09/2026
NúmeroSCJ-SS-26-1310
Boletín JudicialBoletín Judicial 2026-09

Ficha pendiente de revisión humana (generada con claude-sonnet-5). El texto vinculante es el PDF oficial.

PRECEDENTE, EN PALABRAS DE LA CORTE

la validez de esas declaraciones está supeditada a criterios doctrinarios y jurisprudenciales de valoración para que puedan servir de soporte a una sentencia de condena, a saber: la ausencia de incredulidad subjetiva, que implica pura y simplemente, que la declaración de la víctima no sea el fruto de una animosidad provocada por un interés evidentemente fabulador y producto de una incriminación sustentada en meras falsedades; la persistencia incriminatoria, este elemento requiere que el testimonio de la víctima sea coherente, con una sólida carga de verosimilitud, sin ambigüedades y sin contradicciones notorias; y por último, la corroboración periférica, esto es que el testimonio de la víctima, para que revista el grado de validez necesario, debe estar rodeado de un relato lógico, debidamente comprobable con el cuadro indiciario reunido en todo el arsenal probatorio

Síntesis del caso

La Segunda Sala rechazó el recurso de casación del padre condenado por agresión sexual contra su hija menor, confirmando que la valoración conjunta del certificado médico legal, la entrevista en Cámara Gesell y los testimonios referenciales de la madre y abuela fue racional y conforme a la sana crítica. Estableció que la ausencia de fecha o autor en el certificado médico no lo invalida por aplicación del principio de libertad probatoria, y que los testimonios referenciales e indirectos tienen pleno valor probatorio cuando cumplen los criterios de ausencia de incredulidad subjetiva, persistencia incriminatoria y corroboración periférica.

¿Sigue en pie?

Qué ha pasado, después de esta sentencia, con las normas en que se apoya y con la jurisprudencia sobre lo mismo.

No consta que las normas de esta sentencia se hayan reformado después de ella. No es lo mismo que decir que sigan intactas: solo se han revisado los epígrafes oficiales de las normas que el portal tiene cargadas.

Cómo llegó aquí el criterioEn gris, lo que ya regía cuando el tribunal falló. A plena tinta, lo que vino después y el tribunal no pudo tener en cuenta.
  1. 07/08/2003Ley 136-03 de 2003ya regía cuando se fallóEl texto que esta sentencia aplica en sus artículos 12 y 396
  2. 23/04/2007Ley 52-07ya regía cuando se fallómodificó los artículos 12 y 396 de la Ley 136-03
  3. 06/08/2013Ley 106-13ya regía cuando se fallómodificó los artículos 223, 224, 279, 291, 296, 339, 340 y 380 de la Ley 136-03
  4. 07/12/2025Ley 97-25 de 2025ya regía cuando se fallóEl texto que esta sentencia aplica
  5. 15/09/2026Esta sentenciaValoración prueba en abuso sexual infantil
Las 11 citas que no se pudieron enlazar
  • Art. 14.2 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticoscódigo, no una ley numerada
  • Art. 174 CPPcódigo, no una ley numerada
  • Art. 250 CPPcódigo, no una ley numerada
  • Art. 416 párrafo II CPPcódigo, no una ley numerada
  • Art. 444 CPPcódigo, no una ley numerada
  • Art. 455 párrafo II CPPcódigo, no una ley numerada
  • Art. 69 Constitucióncódigo, no una ley numerada
  • Art. 8.2 Convención Americana sobre Derechos Humanoscódigo, no una ley numerada
  • Arts. 173, 221 CPPcódigo, no una ley numerada
  • Arts. 26, 169, 170, 175 CPPcódigo, no una ley numerada
  • Arts. 332-1 y 332-2 Código Penalcódigo, no una ley numerada