JURISPRUDENCIA|SCJ-TS-22-0870|⤓ Descargar PDF oficial☰ Sentencia íntegra‹ Volver a resultados

Jurisprudencia

Título: Sentencia | SCJ-TS-22-0870 | Contencioso-Administrativo

Empleado · Público, Derechos

TópicoEmpleado
ÓrganoTercera Sala
MateriaContencioso-Administrativo
Fecha31/08/2022
NúmeroSCJ-TS-22-0870
ProcedenciaQuinta Sala Liquidadora del Tribunal Superior Administrativo, del 17 de enero de 2022

Ficha pendiente de revisión humana. El texto vinculante es el PDF oficial.

PRECEDENTE, EN PALABRAS DE LA CORTE

[...] los jueces de lo contencioso administrativo tienen la facultad de conceder a los servidores públicos derechos que no les hayan sido solicitados de manera expresa, a condición de que dichos beneficios deriven de la ley, de conformidad con la naturaleza de su relación de empleo y de los hechos de la causa. En consecuencia, se admite suplir de cualquier deficiencia o error jurídico la demanda introductiva de instancia en el Derecho Administrativo en el caso de que en esta última estén involucrados derechos sociales. [...] el agente o empleado público es aquella persona que presta servicios remunerados a favor del Estado como contrapartida de la enajenación de su fuerza de trabajo. Este vínculo empleado-Estado, en principio, está regido por el Derecho Público (administrativo), es decir, dicha relación pertenece al ámbito del derecho público, desde el cual se discuten dos posturas en torno a su naturaleza jurídica, ya que algunos la consideran como un acto unilateral (estatuto), mientras que otros la perfilan como una relación bilateral (contrato). Tercera Sala. SCJ-TS-22-0870. 31/8/2022. Ver decisión.