JURISPRUDENCIA|SCJ-TS-23-0013|⤓ Descargar PDF oficial‹ Volver a resultados

Jurisprudencia

Título: Sentencia | SCJ-TS-23-0013 | Contencioso-Administrativo

Astreinte · Provisional, Liquidación, Motivación

TópicoAstreinte
ÓrganoTercera Sala
MateriaContencioso-Administrativo
Fecha31/01/2023
NúmeroSCJ-TS-23-0013
ProcedenciaSegunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, del 29 de octubre de 2021

Ficha pendiente de revisión humana. El texto vinculante es el PDF oficial.

PRECEDENTE, EN PALABRAS DE LA CORTE

El criterio del Tribunal Constitucional – que constituye precedente vinculantecitado por los jueces del fondo en cuanto al punto valorado en la sentencia que se impugna, ha establecido que los jueces poseen la facultad discrecional de establecer quién puede ser beneficiado de la astreinte que fije, pudiendo hacerlo a favor del agraviado o de una entidad sin fines de lucro y que de hacerlo a favor del agraviado no entraña como finalidad otorgarle una compensación en daños y perjuicios o para generarle un enriquecimiento, sino que con ella procura constreñir al agraviante al cumplimiento de la decisión4. y respecto de la naturaleza del “astreinte” fijado, los jueces del fondo se apegaron al criterio fijado por la Corte de Casación que establece que cuando no se precisa en la sentencia el carácter de la astreinte, debe presumirse que es provisional y no definitivo, lo que permite al juez que lo liquida, en cuanto a su cuantía, mantenerla, aumentarla, reducirla y aún eliminarla. Luego de analizada la sentencia que se impugna, esta corte de casación ha comprobado que, si bien es cierto que los jueces apoderados de la liquidación de una astreinte provisional tienen la facultad de reducirla o incluso eliminarla, ello no los exime de motivar, aunque sea mínimamente, las razones de su decisión, exponiendo las justificaciones de hecho o de derecho relacionadas a la ejecución del fallo de que se trate, referenciadas al contexto en que se toma la decisión, que justifiquen no aprobar una astreinte previamente ordenada por un fallo que es irrevocable, tal y como ocurre en la especie. Tercera Sala. 31/01/2023. Decisión íntegra.