Ese resumen lo redacta Suprema Corte de Justicia, no este portal. Criterio todavía no ha elaborado la ficha de esta decisión —el tópico, el criterio citable y la síntesis—, así que lo que hay es el documento oficial y el resumen de su fuente. El texto vinculante es el PDF.
¿Sigue en pie?
Qué ha pasado, después de esta sentencia, con las normas en que se apoya y con la jurisprudencia sobre lo mismo.
Lo que esta sentencia dice de su criterioLeído de su propio texto y citado literalmente. El portal no concluye que el criterio cambie: eso lo decide quien lee la sentencia entera.
- Dice que reitera un criterio
de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 2-23 sobre la función unificadora de la jurisprudencia nacional esta corte de casación mantiene el criterio de que la liquidación de astreinte reviste para el juez un carácter discrecional (que no arbitrario) para ordenarla, por lo que e