Ese resumen lo redacta Suprema Corte de Justicia, no este portal. Criterio todavía no ha elaborado la ficha de esta decisión —el tópico, el criterio citable y la síntesis—, así que lo que hay es el documento oficial y el resumen de su fuente. El texto vinculante es el PDF.
¿Sigue en pie?
Qué ha pasado, después de esta sentencia, con las normas en que se apoya y con la jurisprudencia sobre lo mismo.
Lo que esta sentencia dice de su criterioLeído de su propio texto y citado literalmente. El portal no concluye que el criterio cambie: eso lo decide quien lee la sentencia entera.
- Dice que reitera un criterio
[25] Que, nuestra Jurisprudencia ha reiterado criterio en sentido de cuáles, serían bases para anular los trabajos _____________________________________________________________________
- Se apoya en un criterio que llama constante
Con respecto al alegato de su único medio, relativo a la falta de ponderación de todos los documentos, conviene reiterar el criterio constante de la Suprema Corte de Justicia, en el sentido de que la falta de ponderación de documentos solo constituye una causa de casación