OBJETO DE LA DECISIÓN, SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
A la acción directa en inconstitucionalidad incoada por la Asociación Nacional de Detallistas de Gasolina, Inc. (ANADEGAS), contra los artículos 20 parte in fine, 22 numeral 1, 24 y 25, de la Ley núm. 17-19, sobre la Erradicación del Comercio Ilícito, Contrabando y Falsificación de Productos Regulados, del veintiocho (28) de febrero de dos mil diecinueve (2019).
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