OBJETO DE LA DECISIÓN, SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Relativo al control preventivo de constitucionalidad del “Acuerdo Marco de Cooperación entre la República Dominicana y la República Portuguesa”, suscrito el veintitrés (23) de marzo del dos mil veintitrés (2023). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los cinco (5) día del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024).
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