Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio Médico Dominicano contra el artículo 1 de la Ley núm. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, del nueve (9) de mayo de dos mil uno (2001), y los Decretos núms. 342-09, que crea el Plan de Servicios de Salud Especial Transitorio para los Pensionados y Jubilados del Estado, del veintiocho (28) de abril de dos mil nueve (2009); 213-10, que modifica el párrafo del artículo 1 del Decreto núm. 342-09, que crea el Plan de Servicios de Salud Especial Transitorio para los Pensionados y Jubilados del Estado, del quince (15) de abril de dos mil diez (2010); y el 371-16 que crea el Plan Especial Transitorio de Servicios de Salud para Pensionados y Jubilados, del dieciséis (16) de diciembre de dos mil dieciséis (2016). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los siete (7) días del mes de junio del año dos mil veintitrés (2023).
Ese resumen lo redacta Tribunal Constitucional, no este portal. Criterio todavía no ha elaborado la ficha de esta decisión —el tópico, el criterio citable y la síntesis—, así que lo que hay es el documento oficial y el resumen de su fuente. El texto vinculante es el PDF.