Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la sociedad comercial V Energy, S. A., contra lo siguiente: a) los artículos 3, letra A), 41, 43, 44 y 45 del Reglamento núm. 04-10, del tres (3) de agosto del dos mil diez (2010); b) el ordinal cuarto de la Ordenanza núm. 03-11, del cuatro (4) de marzo del dos mil once (2011); y c) el ordinal primero, numerales IV, V, VII y VIII, letras A y B, de la Ordenanza núm. 04- 11, del cuatro (4) de marzo del dos mil once (2011), respectivamente, emitidos por el Ayuntamiento de Santo Domingo Este (ASDE).
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