Relativo a la acción directa en inconstitucionalidad interpuesta por Reymundo Cabrera Ramírez contra el artículo 46, párrafo II, literales e) y m) del Decreto núm. 2-08, del nueve (9) de enero de dos mil ocho (2008); el artículo 190 de la Ley núm. 139-13, Orgánica de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana, del diecinueve (19) de septiembre de dos mil trece (2013); el artículo 83 del Decreto núm. 298-2014, del veintinueve (29) de agosto de dos mil catorce (2014) y la Circular núm. 02 (2015-MIDE), emitida por el Ministerio de Defensa el cinco (5) de marzo de dos mil quince (2015).
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