Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesto por la Fundación Bienvenida y Yapur. INC., contra el acta de cesión del nueve (9) de julio de dos mil trece (2013), levantada por el Juzgado de Paz del Municipio Villa Bisonó, provincia Santiago; y la Ley núm. 126, del veinticuatro (24) de abril de mil novecientos ochenta (1980), que deroga y sustituye la Ley núm. 134, sobre Dominio de Aguas Terrestres y Distribución de Aguas Públicas, de veintiuno (21) de mayo de mil novecientos setenta y uno (1971).
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