OBJETO DE LA DECISIÓN, SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por el Consorcio Energético Punta Cana Macao, S. A. (CEPM), contra la segunda disposición de la parte capital del artículo 134 de la Ley núm. 125- 01, General de Electricidad, del veintiséis (26) de julio de dos mil uno (2001).
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