OBJETO DE LA DECISIÓN, SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la Fundación Justicia y Transparencia (FJT), debidamente representada por el Lic. Trajano Vidal Potentini Adames, contra el Comunicado Conjunto suscrito entre la República Dominicana y la República Popular de China el primero (1ero.) de mayo de dos mil dieciocho (2018) sobre el establecimiento de relaciones diplomáticas.
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