PRECEDENTE, EN PALABRAS DE LA CORTE
La figura de las cláusulas abusivas es propia del derecho de consumo, por lo que no admite su extensión al derecho común.
¿Sigue en pie?
Qué ha pasado, después de esta sentencia, con las normas en que se apoya y con la jurisprudencia sobre lo mismo.
Lo que esta sentencia dice de su criterioLeído de su propio texto y citado literalmente. El portal no concluye que el criterio cambie: eso lo decide quien lee la sentencia entera.