JURISPRUDENCIA|SCJ-TS-23-1477|⤓ Descargar PDF oficial‹ Volver a resultados

Jurisprudencia

Título: Sentencia | SCJ-TS-23-1477 | Tierras

Contrato · Simulación, Prueba

TópicoContrato
ÓrganoTercera Sala
MateriaTierras
Fecha15/12/2023
NúmeroSCJ-TS-23-1477
ProcedenciaTribunal Superior de Tierras del Departamento Este, del 13 de noviembre de 2018

Ficha pendiente de revisión humana. El texto vinculante es el PDF oficial.

PRECEDENTE, EN PALABRAS DE LA CORTE

Ha sido juzgado que la simulación es un acto aparente que se hace ostensible, mediante el cual se disimula el verdadero negocio jurídico que han realizado las partes, el cual en ocasiones se consigna en un contraescrito que establece la auténtica voluntad de los contratantes. La simulación tiene como propósito evadir un obstáculo creado por el derecho o defraudar a terceros. Respecto de la prueba de la simulación en los contratos, es criterio reiterado que su prueba puede ser realizada por todos los medios, sobre todo porque no siempre será necesario que las partes redacten un único acto denominado contraescrito, pudiéndose materializar mediante la adopción de diversas modalidades. Resulta útil señalar que cuando se habla de un tercero frente a un acto simulado, se refiere a un sujeto que no formó parte de la convención, sino que fue hecha para defraudarlo a él (tercero). […] Tercera Sala. 15/12/2023. Decisión íntegra.

¿Sigue en pie?

Qué ha pasado, después de esta sentencia, con las normas en que se apoya y con la jurisprudencia sobre lo mismo.

Lo que esta sentencia dice de su criterioLeído de su propio texto y citado literalmente. El portal no concluye que el criterio cambie: eso lo decide quien lee la sentencia entera.
  • Se apoya en un criterio que llama constanteRespecto de la prueba de la simulación en los contratos, es criterio reiterado que su prueba puede ser realizada por todos los medios, sobre todo porque no siempre será necesario que las partes redacten un ún