JURISPRUDENCIA|SCJ-TS-26-1129|⤓ Descargar PDF oficial‹ Volver a resultados

Jurisprudencia

Título: Sentencia | SCJ-TS-26-1129

Nulidad de deslinde por superposición · Interés casacional presunto, Mensura catastral, Ocupación previa

TópicoDeber del agrimensor de respetar la ocupación previa en el deslinde
ÓrganoTercera Sala
Fecha15/06/2026
NúmeroSCJ-TS-26-1129
Boletín JudicialBoletín Judicial 2026-06

Ficha pendiente de revisión humana (generada con claude-sonnet-5). El texto vinculante es el PDF oficial.

PRECEDENTE, EN PALABRAS DE LA CORTE

esta alta corte ha tenido la oportunidad de establecer que al realizar trabajos de mensura, los agrimensores deben respetar las ocupaciones que tengan en el terreno los codueños, conforme al artículo 21 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, independientemente del orden en que se hayan realizado los deslindes

Síntesis del caso

La Tercera Sala rechazó el recurso de casación confirmando la nulidad de los trabajos de deslinde de la parcela núm. 16, al establecer que el agrimensor no respetó la ocupación previa que ejercía un tercero dentro de la parcela núm. 75-A-3 sobre la cual se superpuso el deslinde. Asimismo, desestimó el medio de inadmisión por falta de interés casacional respecto de los medios que denunciaban infracciones procesales (interés casacional presunto), pero declaró inadmisible por falta de interés casacional objetivo el medio referido a la violación de los principios de la Ley 108-05, al no haberse justificado ninguna de las modalidades del art. 10.3 de la Ley 2-23.

¿Sigue en pie?

Qué ha pasado, después de esta sentencia, con las normas en que se apoya y con la jurisprudencia sobre lo mismo.

No consta que las normas de esta sentencia se hayan reformado después de ella. No es lo mismo que decir que sigan intactas: solo se han revisado los epígrafes oficiales de las normas que el portal tiene cargadas.

Cómo llegó aquí el criterioEn gris, lo que ya regía cuando el tribunal falló. A plena tinta, lo que vino después y el tribunal no pudo tener en cuenta.
  1. 23/03/2005Ley 108-05 de 2005ya regía cuando se fallóEl texto que esta sentencia aplica en su artículo 21
  2. 23/04/2007Ley 51-07ya regía cuando se fallómodificó el artículo 21 de la Ley 108-05
  3. 21/07/2022Ley 339-22 de 2022ya regía cuando se fallóEl texto que esta sentencia aplica en su artículo 10
  4. 17/01/2023Ley 2-23 de 2023ya regía cuando se fallóEl texto que esta sentencia aplica en sus artículos 6.3, 10, 10.3, 12, 54 y 80
  5. 15/06/2026Esta sentenciaDeber del agrimensor de respetar la ocupación previa en el deslinde
Las 4 citas que no se pudieron enlazar
  • Art. 13 Resolución 355no está en el fondo cargado
  • Art. 131 Código de Procedimiento Civilcódigo, no una ley numerada
  • Art. 154.2 Constitución de la Repúblicacódigo, no una ley numerada
  • Art. 51 Constitución de la Repúblicacódigo, no una ley numerada