JURISPRUDENCIA|SCJ-TS-24-0447|⤓ Descargar PDF oficial‹ Volver a resultados

Jurisprudencia

Título: Sentencia | SCJ-TS-24-0447 | Contencioso administrativo

Función pública · Carrera, Relaciones exteriores, Diplomático

TópicoFunción pública
ÓrganoTercera Sala
MateriaContencioso administrativo
Fecha27/03/2024
NúmeroSCJ-TS-24-0447
ProcedenciaCuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo, del 31 de octubre de 2022

Ficha pendiente de revisión humana. El texto vinculante es el PDF oficial.

PRECEDENTE, EN PALABRAS DE LA CORTE

Esta condición de diplomático de carrera creada al amparo de la referida Ley núm. 314-64 no se ve afectada por la aparición de la Ley núm. 14-91 de servicio civil y carrera administrativa por dos razones básicas: a) dicha ley (la Ley núm. 14-91) no deroga expresamente la Ley núm. 314-64. y b) la Ley núm. 14-91 permite el funcionamiento de las carreras especiales en sus artículos 39 y 40, lo cual es reforzado con la promulgación en el año 2008, con la Ley de Función Pública Núm. 41-08. Tercera Sala. 27/03/2024. Decisión íntegra.

¿Sigue en pie?

Qué ha pasado, después de esta sentencia, con las normas en que se apoya y con la jurisprudencia sobre lo mismo.

Lo que esta sentencia dice de su criterioLeído de su propio texto y citado literalmente. El portal no concluye que el criterio cambie: eso lo decide quien lee la sentencia entera.
  • Habla de apartarse de un criterio anteriors medios en que se fundamenta el recurso de casación provoca su inadmisión, sin embargo, para un mejor análisis procesal optó por apartarse del criterio indicado sobre la base de que la inadmisión del recurso de casación debe quedar restringida a aspectos relacionados con el propio
  • Dice que reitera un criterioEn una decisión más reciente, el Tribunal Constitucional ratifica la jurisprudencia antes citada al exponer lo siguiente: … 10