PRECEDENTE, EN PALABRAS DE LA CORTE
Plazo para recurrir en casación contra sentencia incidental dictada en virtud Ley núm. 189-11, es el de 15 días para recurrir la sentencia. de adjudicación y no plazo ordinario de 30 días de Ley núm. 3726-53, cuyo plazo corre desde día lectura decisión incidental.